Estado regulador, discrecionalidad técnica y jurisdicción especializada bajo el derecho energético mexicano
DOI:
https://doi.org/10.7764/rda.0.5.5552Palabras clave:
Estado regulador, discrecionalidad técnica, jurisdicción especializada, energíaResumen
Las reformas constitucionales en materia de competencia económica, telecomunicaciones y energía vinieron a generar cambios profundos en los paradigmas legales tradicionales. Uno de ellos es el principio de la división de poderes, el cual ahora es modulado a través de la teoría del Estado regulador, cuya creación obedece a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia mexicana. En la reforma estructural de competencia económica y telecomunicaciones, se implementó un modelo de jurisdicción especializada, no así para el caso de la reforma en materia de energía del 2013. Sin embargo, el modelo de jurisdicción especializada se aplica, en materia energética, para ciertos casos específicos y por analogía, a fin de resolver las controversias derivadas de la regulación emitida por los reguladores. Se identifica una relación simbiótica entre la discrecionalidad técnica y la deferencia judicial. Por tal motivo, debe existir un equilibrio de poder entre los órganos reguladores y los juzgados especializados.
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