Prohibición de contratar con el Estado por tener una condena por vulneración de los derechos de los trabajadores o prácticas antisindicales en la Ley 21.634: ¿Sanción judicial para el proveedor o requisito de admisibilidad para presentar una oferta?
DOI:
https://doi.org/10.7764/rda.14.75155Palabras clave:
Compras públicas, inhabilidad para contratar, prácticas antisindicales, derechos del trabajador, modernización del Sistema de Compras PúblicasResumen
A partir de publicación de la Ley 21.634, la Ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios tiene dos normas contradictorias en relación a la duración de la inhabilidad para contratar con el Estado por vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores: la primera establece un plazo de dos años, y la segunda permite al juez ponderar dicho plazo, por lo que serán los Tribunales quienes determinen el criterio que prevalezca.
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Derechos de autor 2025 Santiago Orpis Jouanne
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