Costos de explotación a la luz de la Ley de Bases de Procedimiento Administrativo.
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Resumen
El criterio empleado por la SEC para reducir los costos de explotación de las empresas de distribución de energía eléctrica, sin expresar las causas que inducen a aquello, ya que la ley no se lo exige (DFL 1 de Minería de 1982}, da pie al autor para tratar la motivación de los actos administrativos, la que define como la expresión formal de las razones de hecho y de derecho en las cuales el acto se baja a si mismo como medio para hacer operativo el principio de legalidad y competencia. Con la motivación se podrá comprobar si se cumple con los principios de eficacia, eficiencia, oportunidad, racionabilidad y proporcionalidad en el actuar estatal y, además, dará a los particulares la posibilidad de impugnar los actos arbitrarios y a los Tribunales poder conocer la conformidad al Derecho de éstos, así se puede hablar del principio de inexcusabilidad de la motivación. La jurisprudencia judicial administrativa y la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos están contestes en exigir la motivación, aun cuando la ley no lo exprese, esto por principios generales como el debido proceso, participación ciudadana y oportunidad impugnativa; de esta forma el criterio empleado por la SEC seria inconstitucional ya que infringirla principios garantizados por la Carta Fundamental como los mencionados.
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