Costos de explotación a la luz de la Ley de Bases de Procedimiento Administrativo.

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Ramiro A. Mendoza Zuñiga

Resumen

El criterio empleado por la SEC para reducir los costos de explotación de las empresas de distribución de energía eléctrica, sin expresar las causas que inducen a aquello, ya que la ley no se lo exige (DFL 1 de Minería de 1982}, da pie al autor para tratar la motivación de los actos administrativos, la que define como la expresión formal de las razones de hecho y de derecho en las cuales el acto se baja a si mismo como medio para hacer operativo el principio de legalidad y competencia. Con la motivación se podrá comprobar si se cumple con los principios de eficacia, eficiencia, oportunidad, racionabilidad y proporcionalidad en el actuar estatal y, además, dará a los particulares la posibilidad de impugnar los actos arbitrarios y a los Tribunales poder conocer la conformidad al Derecho de éstos, así se puede hablar del principio de inexcusabilidad de la motivación. La jurisprudencia judicial administrativa y la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos están contestes en exigir la motivación, aun cuando la ley no lo exprese, esto por principios generales como el debido proceso, participación ciudadana y oportunidad impugnativa; de esta forma el criterio empleado por la SEC seria inconstitucional ya que infringirla principios garantizados por la Carta Fundamental como los mencionados.


 

Detalles del artículo

Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones
Biografía del autor/a

Ramiro A. Mendoza Zuñiga, Universidad de los Andes

Profesor de Derecho Administrativo, P. Universidad Católica de Chile, Universidad de Los Andes.