Volver a los detalles del artículo CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Rechaza recurso de protección y establece que Ministerio de Bienes Nacionales no puede conceder terrenos privados a comunidad indígena. Afirma que es la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena quien tiene competencia en materia de adquisición o financiamiento de estas tierras. Descargar Descargar PDF