ESTADOS UNIDOS. Estado de Florida -Ley- Permite a las autoridades estatales designar organizaciones terroristas, disolver su personalidad jurídica, e imponer sanciones penales. Establece que ningún sistema legal extranjero o religioso podrá aplicarse si entra en conflicto con la Constitución.
Palabras clave:
terrorismo, libertad de pensamiento, libertad religiosa, persona jurídicaResumen
ESTADOS UNIDOS. Estado de Florida -Ley- Permite a las autoridades estatales designar organizaciones terroristas nacionales, disolver su personalidad jurídica, e imponer sanciones penales a colaboradores. La ley establece también que ningún sistema legal extranjero o religioso podrá aplicarse si entra en conflicto con la Constitución.
El gobernador del Estado de Florida (Estados Unidos) aprobó una ley que centraliza en el poder ejecutivo estatal la prerrogativa de calificar a agrupaciones como organizaciones terroristas nacionales. El procedimiento requiere que el jefe de seguridad nacional realice una determinación técnica inicial, la cual debe contar con la ratificación posterior del gobernador y los miembros del gabinete estatal para adquirir validez jurídica.
La ley establece también que ningún sistema legal extranjero o religioso podrá aplicarse en Florida si entra en conflicto con la Constitución, una disposición que algunos interpretan como dirigida indirectamente a normas derivadas de la ley sharia —una serie de estrictos principios morales y religiosos por los que se rigen algunos musulmanes que incluye desde los alimentos hasta las relaciones familiares y los derechos de las mujeres—. Asimismo, prohíbe el uso de financiación pública para “apoyar o promover” a las organizaciones designadas como terroristas.
Fuente: www.diarioconstitucional.cl
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