NACIONES UNIDAS. Consejo de Derechos Humanos -Resolución N°61/15- Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas. Insta a los estados adoptar medidas apropiadas, que aseguren el pleno ejercicio de los derechos de las personas pertenecientes a estas minorías.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

discriminación por motivos religiosos, libertad religiosa, igualdad ante la ley, derecho internacional de los derechos humanos

Resumen

NACIONES UNIDAS. Consejo de Derechos Humanos -Resolución N°61/15- Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas: mandato de la Relatoría Especial sobre cuestiones de las minorías.

Insta a los estados adoptar medidas apropiadas, que aseguren el pleno ejercicio de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, como por ejemplo, condenar enérgicamente toda apología del odio nacional, racial o religioso, que supone una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, y adoptar y poner en práctica medidas para tipificar como delito la incitación a la violencia tanto dentro como fuera del contexto digital; y posibilitar un diálogo intercultural e interconfesional abierto y constructivo para el reconocimiento, la promoción y el respeto de la diversidad, entre otras medidas. 

Fuente: https://www.ohchr.org/en/hr-bodies/hrc/regular-sessions/session61/res-dec-stat?mc_cid=6e3d6f7e0d&mc_eid=e6e062d4be

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Publicado

2026-05-05

Número

Sección

OTRAS REGIONES DEL MUNDO - DOCUMENTOS