CHILE. Corte de Apelaciones de Valdivia -Sentencia- Acoge recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Valdivia por no fiscalizar el actuar de la Iglesia Evangélica. La Corte señala que no es posible prohibir de forma absoluta las actividades religiosas o reuniones en el espacio público, sin embargo la municipalidad debe fiscalizar estos actos.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

iglesia evangélica, libertad de culto, libertad religiosa, espacio público, deterioro del medio ambiente

Resumen

CHILE. Corte de Apelaciones de Valdivia -Sentencia- Acoge recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Valdivia por no fiscalizar de forma eficáz, ni prevenir o controlar el actuar de la Iglesia Levantándose en Fuego, que realiza realizar actividades organizadas en espacio público sin autorización municipal. 

El recurrente agrega que en estas actividades se utilizaría amplificación sonora, megáfonos, generadores eléctricos y ocupación reiterada del espacio público; y que la Ilustre Municipalidad de Valdivia y Carabineros de Chile, no ejercen eficazmente sus facultades de fiscalización, prevención y control, pese a tener conocimiento de los hechos. 

La Corte señala que no es posible ordenar la prohibición absoluta de actividades religiosas o reuniones en el espacio público, ni en cuanto a sustituir a la autoridad administrativa en el ejercicio de sus competencias, debiendo limitarse esta Corte a disponer las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho en el ámbito específico de las atribuciones municipales.

Fuente: www.pjud.cl

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Publicado

2026-05-05

Número

Sección

CHILE - JURISPRUDENCIA