JURISPRUDENCIA: CORTE CONSTITUCIONAL - SentenciaNo.11-18-CN/19 - Reconoce el matrimonio de parejas del mismo sexo
Resumen
Por todas las razones expuestas, después de haber realizado una revisión normativa y hermenéutica sobre la definición y regulación constitucional de la familia y del matrimonio, esta Corte considera que la norma del artículo 67, que expresa: "el matrimonio es la unión entre hombre y mujer", se complementa con la regulación e interpretación de la CADH, realizada por la Corte IDH mediante la Opinión Consultiva OC24/17, que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Fuente: www.corteconstitucional.gob.ec
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