JURISPRUDENCIA: SUPREMA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - La 1ra. Sala resolvió que el principio rector de cualquier decisión de guarda y custodia de menores debe ser el interés superior del menor, por lo que los juzgadores deben realizar un análisis de razonabilidad libre de estereotipos de género

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe Spanish

Resumen

No. 102/2019

Ciudad de México, a 18 de julio de 2019

   

OTORGAR LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS A LA MADRE, SÓLO POR SER MUJER, CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y SE BASA EN ESTEREOTIPOS: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, sostuvo que en el caso, la guarda y custodia de dos hermanas se resolvió a partir de estereotipos de género, pues si bien ambos progenitores habían cometido actos de violencia familiar, se resolvió que las hijas estarían mejor a cargo de su madre, ya que por el simple hecho de ser mujer, cumpliría de mejor manera las responsabilidades de atender a sus hijas durante su adolescencia, omitiendo el análisis de otros elementos necesarios para determinar cuál era el mejor escenario para el desarrollo integral de las menores.

La Primera Sala resolvió que el principio rector de cualquier decisión de guarda y custodia de menores debe ser el interés superior del menor, por lo que los juzgadores deben realizar un análisis de razonabilidad libre de estereotipos de género que atienda a las circunstancias particulares del caso.

Con esta resolución, el Alto Tribunal se aparta de las justificaciones que presumen que la mujer goza de mayor aptitud para el cuidado familiar, convirtiéndose en un importante referente para el análisis de los criterios bajo los cuales los juzgadores federales resuelven controversias familiares de guarda y custodia.
Fuente: http://www.internet2.scjn.gob.mx/

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Publicado

2023-10-06

Número

Sección

MÉXICO