JURISPRUDENCIA: CORTE CONSTITUCIONAL - Sentencia sobre la inembargabilidad bienes de cualquier confesión o iglesia que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o de derecho público interno con el Estado colombiano.
Resumen
Sentencia:
Los bienes destinados al culto religioso de cualquier confesión o iglesia que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho público interno con el Estado colombiano, no son embargables.
Fuente: http://www.corteconstitucional.gov.co/
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Derechos de autor 2019 Boletín Jurídico del Observatorio de Libertad Religiosa de América Latina y El Caribe
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