CHILE. Tribunal Constitucional -Sentencia- Norma que le permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento (artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal), es impugnada ante el Tribunal Constitucional por la Parroquia La Asunción
Palabras clave:
lugar de culto, derecho penal, tribunal constitucionalResumen
CHILE. Tribunal Constitucional -Sentencia- Norma que le permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento (artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal), es impugnada ante el Tribunal Constitucional por la Parroquia La Asunción.
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