CHILE. Tribunal Constitucional -Sentencia- Norma que le permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento (artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal), es impugnada ante el Tribunal Constitucional por la Parroquia La Asunción

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

lugar de culto, derecho penal, tribunal constitucional

Resumen

CHILE. Tribunal Constitucional -Sentencia- Norma que le permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento (artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal), es impugnada ante el Tribunal Constitucional por la Parroquia La Asunción.

Fuente: www.diarioconstitucional.cl

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Publicado

2024-06-19

Número

Sección

CHILE - JURISPRUDENCIA