CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Disposición de restos fetales sin consentimiento de la madre no es materia de mediación por daños en atención de salud, (sino que es una materia que debe ser resuelta por otras vías legales).

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

legislación sanitaria, muerte neonatal, bioética

Resumen

CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Disposición de restos fetales sin consentimiento de la madre no es materia de mediación por daños en atención de salud, (sino que es una materia que debe ser resuelta por otras vías legales). 

El conflicto se produjo porque la recurrente expuso que, encontrándose embarazada de nueve semanas, ingresó de urgencia a una clínica privada donde, tras constatarse la muerte intrauterina de su hijo, se le practicó un legrado. Solicitó conservar los restos para darles sepultura, lo que fue aceptado verbalmente, pero nunca formalizado. Posteriormente, al intentar retirarlos, se le indicó que el laboratorio externo los había dispuesto como residuo, al no haber recibido instrucción médica para conservarlos. A raíz de ello, presentó un reclamo y una solicitud de mediación ante la Superintendencia de Salud, la cual fue rechazada, e interpuso contra dicha resolución recursos administrativos, e incluso solicitó certificación de silencio administrativo, sin obtener respuesta, lo que –a su juicio– vulneró sus derechos fundamentales, manteniéndola en una situación de indefensión.

Fuente: www.diarioconstitucional.cl

Publicado

2025-04-29

Número

Sección

CHILE - JURISPRUDENCIA