ESPAÑA.Congreso de los Diputados -Proyecto de Ley- Modifica el Código Penal para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual, o expresión de género. El delito será castigado con la pena de prisión de seis meses, hasta dos años.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

ideología de género, identidad de género, código penal, derecho a la salud

Resumen

ESPAÑA.Congreso de los Diputados -Proyecto de Ley- Modifica el Código Penal para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual, o expresión de género. El delito será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

El proyecto señala que será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años, el que aplique o practique sobre una persona actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos de aversión o conversión, ya sean psicológicos, físicos, farmacológicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a modificar, reprimir, eliminar o negar su orientación sexual, su identidad sexual o su expresión de género, con afectación de su integridad corporal o su salud física o mental o con menoscabo grave de su integridad moral. En las mismas penas incurrirán, en sus respectivos casos, los ascendientes, tutores, curadores, guardadores o cualquier otra persona encargada de hecho o de derecho de una persona menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial protección, que, con conocimiento de su finalidad, consientan, promuevan, favorezcan o faciliten la perpetración de los delitos comprendidos en este artículo.

Fuente: www.laicismo.org

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Publicado

2025-06-25

Número

Sección

OTRAS REGIONES DEL MUNDO - DOCUMENTOS