CHILE. Gobierno de Chile -Noticia- Se publica en el Diario Oficial reglamento que busca que la legítima objeción de conciencia no limite el acceso a la ley de aborto en tres causales. Gobierno publica noticia indicando que el decreto se encuentra plenamente vigente, ya que no se presentó requerimiento ante el Tribunal Constitucional.
Palabras clave:
aborto, derechos sexuales y reproductivos, objeción de conciencia, libertad de conciencia, derecho a la vidaResumen
CHILE. Gobierno de Chile -Noticia- Se publica en el Diario Oficial reglamento que busca que la legítima objeción de conciencia no limite el acceso a la ley de aborto en tres causales (permite la interrupción voluntaria del embarazo cuando existe riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación). El Gobierno publica noticia indicando que el decreto se encuentra plenamente vigente y ha entrado en rigor, ya que no se presentó requerimiento ante el Tribunal Constitucional.
La noticia publicada señala expresamente que el reglamento:
"- Permite conocer si quien atiende es o no objetor de conciencia, y los establecimientos de salud deberán mostrar visiblemente los derechos que otorga la ley.
- Además, los recintos médicos deberán actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud, procurando que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional.
- Es importante destacar que el reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que establece que la red pública de salud debe contar con personal suficiente que no sea objetor, para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención.
- Actualmente, en Chile hay 3 hospitales públicos donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia."
Fuente: https://www.gob.cl/noticias/publica-reglamento-objecion-conciencia-ley-3-causales/
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