ALEMANIA. Tribunal de Justicia de la Unión Europea -Comunicado de Prensa- Despido de trabajador que presta servicios profesionales a una organización religiosa por haber decidido abandonar una determinada iglesia no puede justificarse sobre la base de las diferencias de trato por motivos de religión.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

derecho internacional de los derechos humanos, derecho laboral, libertad religiosa, discriminación

Resumen

ALEMANIA. Tribunal de Justicia de la Unión Europea -Comunicado de Prensa- El despido de trabajador que presta servicios profesionales a una organización religiosa por haber decidido abandonar una determinada iglesia, no puede justificarse sobre la base de las diferencias de trato por motivos de religión.

Señala el comunicado que: "El despido de un trabajador por una organización religiosa por haber decidido abandonar una determinada iglesia no puede justificarse sobre la base de la disposición de la Directiva relativa a la igualdad en el empleo que permite, con determinadas condiciones, las diferencias de trato por motivos de religión en lo tocante a las actividades profesionales en las iglesias y organizaciones religiosas. En efecto, los requisitos de esa disposición no se cumplen cuando el desempeño de la actividad profesional no exige pertenecer a esa iglesia y el trabajador afectado no tiene en público un comportamiento opuesto a la ética de esa iglesia (...) Se debe garantizar un justo equilibrio entre el derecho de las iglesias a la autonomía y el derecho de los trabajadores a no sufrir discriminación por motivos de religión o convicciones."

Fuente: www.laicismo.org

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Publicado

2025-07-30

Número

Sección

OTRAS REGIONES DEL MUNDO - DOCUMENTOS