CHILE. Corte de Apelaciones de Santiago -Sentencia- Confirma sanción aplicada por la Superintendencia de Educación a establecimiento educacional que cuenta con profesor de religión sin autorización actualizada de la autoridad eclesiástica competente para impartir la asignatura, de conformidad al Decreto 924 de 1983, del Ministerio de Educación.
Palabras clave:
educación religiosa, establecimiento educacional, legislación escolar, personal docenteResumen
CHILE. Corte de Apelaciones de Santiago -Sentencia- Confirma sanción a establecimiento educacional que cuenta con profesor de religión sin autorización actualizada de la autoridad eclesiástica competente para impartir la asignatura, de conformidad al artículo 9 Decreto 924 de 1983 del Ministerio de Educación. Se configura una infracción a la normativa educacional, procediendo que la Superintendencia de Educación aplique una sanción administrativa por estos hechos.
Fuente: www.pjud.cl
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