Volver a los detalles del artículo JURISPRUDENCIA: Corte Constitucional- Dictamen resolvió que procedimiento de enmienda del artículo 441 numeral 1 de la Constitución no es apto para tramitar las reformas constitucionales planteadas (una es para modificar preámbulo que alude a Dios) Descargar Descargar PDF