Revista Veritas, como revista del Instituto de Éticas Aplicadas de la Pontificia Universidad Católica de Chile, adhiere los lineamientos generales de la ética institucional de la universidad.

En caso de detectarse plagio en un artículo enviado o publicado, este quedará inhabilitado para su publicación en Veritas. El plagio será definido por una evaluación del equipo editorial y a través del uso de plataformas especializadas en la detección de plagio.

Los manuscritos sólo circularán entre los editores y los árbitros, y no podrán ser compartidos ni utilizado por nadie ajeno al proceso editorial, hasta que el texto sea publicado.

Los artículos son evaluados en sistema de doble ciego, en el cual el autor permanece anónimo a los árbitros, y los árbitros permanecen anónimos al autor.

Si hay diferencias en la evaluación de un texto enviado, en el cual existe una recomendación de publicación o una aceptación con observaciones, y en otro se recomienda su rechazo, decidirá el editor, sin perjuicio de que éste pueda solicitar una tercera opinión. El Comité Editorial se reserva la decisión final sobre la publicación del texto.

Los evaluadores, en caso de conflicto de intereses, deberán inhabilitarse.

Los editores se comprometen a mantener la privacidad absoluta de los materiales, el nombre de los evaluadores y de sus evaluaciones; a garantizar la democracia y transparencia del proceso editorial respecto a la selección de textos; a comunicar en un plazo razonable los resultados de la evaluación.

Código de Ética

El presente código reconoce públicamente el compromiso ético de todas las partes involucradas en el proceso de elaboración intelectual de Veritas. Revista de Filosofía y Teología (en adelante, Veritas), publicación del Pontificio Seminario Mayor San Rafael (Valparaíso, Chile), esto es, el autor, los pares evaluadores y la propia institución, representada por el editor y el comité editorial.

Este código fue elaborado en base a la Best Practice Guidelines for Journal Editors
(http://publicationethics.org/files/u2/Best_Practice.pdf), del Committee on Publication Ethics (COPE), reconocido internacionalmente.

OBLIGACIONES DEL EDITOR

Decisión sobre la publicación de artículos

El editor es responsable del proceso de decisión sobre cuáles de los manuscritos enviados a la revista serán publicados. Para ello se guiará por las normas de publicación de la revista, quedando sujeto a los requerimientos legales sobre difamaciones, derechos de autor y plagio. El editor también puede consultar a los miembros del comité editorial al momento de tomar esta decisión.

Los manuscritos serán evaluados únicamente por su mérito intelectual y originalidad sin importar la raza, sexo, orientación sexual, creencia religiosa, grupo étnico, ciudadanía, pertenencia institucional o filosofía política del autor.

Confidencialidad

Ni el editor ni ningún otro miembro del cuerpo editorial deben proveer información sobre los manuscritos recibidos a otros individuos o instituciones que no sean el autor o autores correspondientes, árbitros, potenciales árbitros, otros miembros del cuerpo editorial o la propia institución.

Conflictos de interés

Durante el proceso de publicación, la información que contiene el manuscrito inédito no debe ser utilizada para su investigación personal por nadie que tenga acceso al manuscrito, a menos que cuente con un permiso explícito del autor.

OBLIGACIONES DE LOS ÁRBITROS

Arbitraje

El proceso de arbitraje consiste en ayudar al editor al momento de tomar decisiones, así como también ayudar a los autores para mejorar la calidad de sus manuscritos.

Todo árbitro que no se sienta calificado para revisar el manuscrito asignado o que se sienta incapaz de ofrecer una revisión en tiempo y forma del manuscrito debe notificar esto al editor y excusarse del proceso de revisión y arbitraje.

Confidencialidad

Los manuscritos que se reciben deben ser tratados como documentos confidenciales. No deben ser mostrados ni discutidos con otros individuos, con excepción de los individuos oportunamente designados por el editor.

La información e ideas obtenidas por el privilegio de arbitrar el manuscrito deben ser mantenidas en confidencialidad y no ser utilizadas para provecho personal.

Estándares de objetividad

Los arbitrajes deben ser llevados a cabo de manera objetiva e imparcial. No deben contener críticas personales a los autores. Los árbitros deben expresar de manera clara sus opiniones, comentarios u observaciones pertinentes al manuscrito, así como explicitar sus fundamentos.

Reconocimiento de fuentes

Los árbitros están a cargo de identificar obras relevantes sobre el tema que no hayan sido citadas por los autores. Cualquier afirmación que haya sido constatada en una publicación u obra anterior debe estar acompañada por su cita correspondiente. El árbitro también debe anunciar al editor si el manuscrito tiene similitudes sustanciales con otras obras de las que tenga conocimiento.

Conflicto de interés

Los árbitros no deben arbitrar manuscritos en los que interfieren conflictos de interés que resulten de relaciones de competencia o coautoría o por ningún otro tipo de relación con los autores o instituciones relacionadas con los manuscritos.

OBLIGACIONES DE LOS AUTORES

Entrega de los trabajos

Los autores que envíen manuscritos de investigación original deben presentar un recuento adecuado del trabajo realizado así como una discusión objetiva sobre su relevancia. Los datos deben ser presentados de manera fidedigna en el manuscrito. Este debe contener suficientes detalles y referencias como para permitir a otros replicar el trabajo. Las aseveraciones fraudulentas o conscientemente inconsistentes constituyen una forma de comportamiento inmoral y son, por ende, inaceptables.

Acceso a los datos

Se puede pedir oportunamente a los autores que provean los datos originales de su trabajo por lo que deben estar prontos para ofrecer acceso público a los mismos. Deben asimismo estar preparados para permitir el acceso a tales datos incluso luego de haber sido publicado el manuscrito.

Originalidad y Plagio

El envío de un manuscrito para su publicación supone que el mismo es completamente original. Las citas textuales de afirmaciones o partes de obras que pertenecen a otros autores deben ser explícitamente reconocidas en el texto a través del mecanismo correspondiente de cita de la bibliografía. La copia de obras ajenas que aparezcan en el manuscrito como propias será considerada como plagio, lo que representa una grave inmoralidad intelectual.

Publicación múltiple

En general, el autor no debe enviar manuscritos que traten esencialmente del mismo tema y con el mismo enfoque a más de una revista o publicación similar. El envío de un mismo manuscrito a más de una revista constituye una práctica inmoral y es, por ende, inaceptable.

Reconocimiento de fuentes

En todos los casos el autor debe reconocer explícitamente el trabajo de otros y citar las publicaciones que por su naturaleza han sido influyentes en el trabajo realizado.

Autoría del manuscrito

La autoría se limita a aquellos que han contribuido de manera sustancial en la concepción, diseño, ejecución o interpretación de la investigación. Todos los que han contribuido de esta manera deben ser listados como co-autores. La colaboración de otros individuos que han contribuido de alguna otra manera debe ser reconocida.

Correspondencia

Uno de los autores debe encargarse de la comunicación con la revista. Este debe asegurarse de que todos los co-autores han sido incluidos en el manuscrito, al mismo tiempo debe asegurarse de que ningún individuo inapropiado aparezca como co-autor. También debe asegurarse de que todos los co-autores han visto el manuscrito en su versión final y están de acuerdo con su publicación.

Reconocimiento de fuentes de financiamiento

Las fuentes de financiamiento de la investigación de la que da cuenta el artículo deben ser reconocidas.

Conflicto de intereses

Los autores también deben explicitar cualquier otra fuente de financiamiento personal que pueda influir en la interpretación de los datos o en la discusión del manuscrito. Todas las fuentes de financiamiento del proyecto deben ser nombradas.

Errores importantes en los manuscritos

Cuando un autor descubre un error grave en un trabajo propio, es su obligación notificar al editor a la brevedad, así como cooperar con el editor para la rectificación del error cometido en el manuscrito.